Calendario laboral 2022 | Comunidad de Madrid

Calendario laboral 2022 de la Comunidad de Madrid

Calendario laboral 2022 de Madrid

La Resolución de 24 de noviembre de 2021 de la Secretaría de Estado de Función Pública establece la relación de 10 fiestas laborales para el año 2022 en España. Así, publicada en el BOE del miércoles 1 de diciembre, presenta el calendario laboral 2022 de días inhábiles en en el ámbito de la Administración General del Estado.

Por su parte, el Decreto 219/2021, de 22 de septiembre, del Consejo de Gobierno, establece las 2 fiestas laborales para el año 2022 en la Comunidad de Madrid.

Por último, el Acuerdo del Pleno de 28 de septiembre aprobado en la Sesión ordinaria 17/2021 establece las 2 fiestas locales de la ciudad de Madrid.

Así se conforman las 14 fiestas del calendario laboral 2022.

Calendario laboral 2022

10 fiestas laborales nacionales de España

  1. Sábado 1 de enero (Año Nuevo).
  2. Jueves 6 de enero (Epifanía del Señor).
  3. Viernes 15 de abril (Viernes Santo).
  4. Lunes 25 de julio (Santiago Apóstol).
  5. Lunes 15 de agosto (Asunción de la Virgen).
  6. Miércoles 12 de octubre (Fiesta Nacional de España).
  7. Martes 1 de noviembre (Todos los Santos).
  8. Martes 6 de diciembre (Día de la Constitución Española).
  9. Jueves 8 de diciembre (La Inmaculada Concepción).
  10. Lunes 26 de diciembre (traslado del domingo 25 de diciembre, Día de Navidad).

2 fiestas laborales autonómicas de la Comunidad de Madrid

  1. Jueves 14 de abril (Jueves Santo).
  2. Lunes 2 de mayo (Fiesta de la Comunidad de Madrid).

2 fiestas laborales locales de la ciudad de Madrid

  1. Lunes 16 de mayo (traslado del domingo 15 de mayo, Día de San Isidro Labrador, patrón de Madrid).
  2. Miércoles 9 de noviembre (Día de Nuestra Señora de la Almudena, patrona de Madrid).

Días inhábiles

A efectos de cómputos de plazos, en el ámbito de la Administración General del Estado son días inhábiles en el calendario laboral 2022 los siguientes:

  • En todo el territorio español: sábados, domingos y días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles. O sobre las que la totalidad de las comunidades autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
  • En el ámbito territorial de las comunidades autónomas: aquellos días determinados por cada comunidad autónoma como festivos.
  • En los ámbitos territoriales de las entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas comunidades autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

Y ten en cuenta que los días hábiles son diferentes a los laborales, por tanto los sábados aunque se consideren inhábiles siguen siendo días laborables.




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